SECCIÓN 1 - INGRESO DE INFORMACIÓN
CONSULTE SI ESTÁ OBLIGADO A SER EMISOR DE DTE Y LA FECHA QUE LE CORRESPONDE.
CONSULTE SI ESTÁ OBLIGADO A SER EMISOR DE DTE Y LA FECHA QUE LE CORRESPONDE.
NIT/DUI | Fecha |
Nit | FECHA |
Estimado contribuyente a partir del
FECHA
usted deberá emitir DTE.
Considere que debe cumplir con los pasos necesarios para la implementación de Facturación Electrónica.
En el siguiente enlace encontrará los pasos, información funcional y técnicos necesarios para obtener su autorización.
ENLACEEstimado contribuyente usted está clasificado para ser emisor DTE posteriormente la DGII le notificará su fecha de inicio obligatorio como emisor DTE. Favor permanezca atento a la notificación de la fecha designada a partir de la cual deberá de iniciar a emitir DTE, mediante los medios oficiales.
Le recordamos que puede iniciar a emitir DTE previo a la fecha designada y gozar desde ya de los beneficios de la Facturación Electrónica.
En el siguiente enlace encontrará los pasos, información funcional y técnicos necesarios para obtener su autorización.
ENLACEEstimado contribuyente usted ya es Emisor de Documentos Tributarios Electrónicos. Le fecilicitamos por su compromiso y contribución a la innovación y modernización de El Salvador.
Estimado Ciudadano, usted no está inscrito como contribuyente IVA ni emite documentos fiscales; por lo tanto no es sujeto a ser Emisor de DTE.
Sin embargo; por sus operaciones con emisores autorizados recibirá sus Documentos Tributarios Electrónicos.